La Ley de otorgamiento de títulos de propiedad a beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela, aprobada en primera discusión por parlamentarios de la MUD en la AN, tiene un alcance que afecta al Estado que construye viviendas, a cientos de miles de familias que esperan ser beneficiadas y a quienes actualmente ya han sido beneficiados(as) con un inmueble de dicho programa social. Hablaremos de estos últimos.
Necesario es puntualizar que esta Ley parece diseñada, no para que el Gobierno Bolivariano y su Ministerio en la materia hagan el ejecútese total de la misma. Parece diseñada para un eventual gobierno ejecutivo que se plegue totalmente a los intereses empresariales que impusieron esta ley. Está diseñada para cuando la derecha tome el poder (en seis meses, como quieren hacerlo).
Esta ley es idéntica a un contrato, rigurosamente diseñada para marear y “enamorar” al que la lea, pero con cuestiones premeditadamente ambiguas y camufladas que en su implementación significarían un perjuicio claro a familias beneficiarias de la GMVV. Parece redactada por un abogado chupasangre tracalero que le echa una vaina al que firme el contrato sin asesoría legal. Lee a continuación.
Sobre lo que debes hacer para tener “tu propiedad”
Días atrás vivías en una vivienda de propiedad familiar, como bien sabes. A la fecha, tu vivienda puede estar protocolizada o no, pero seguramente posees un certificado de adjudicación o un título de propiedad familiar del inmueble, el cual, como sabes, es instransferible, así como tu vivienda no aplica para propósitos comerciales, de lucro e incluso para venderla, hipotecarla y obtener un crédito (y beneficios) por ella. Ningún Registro o Notaría puede procesar un documento de venta por ese inmueble. Pese a esas condiciones que te impiden lucrarte con el inmueble, gozabas de una propiedad de la que difícilmente se te podría despojar del mismo, pues tu vivienda es considerada “asiento de la vida familiar” y forma parte de un programa social. Eso “cambió”.
Hoy vives en una vivienda hipotecada, que te recuerdo no has pagado. Tu vivienda según la nueva Ley ahora ingresó a la categoría de vivienda otorgada mediante crédito hipotecario estatal. Todo esto yace en un artículo rigurosamente camuflado en la ley, el Artículo 10 numeral 3, que establece los “contenidos del documento de propiedad”. Ese documento de propiedad será ahora un contrato en el que se establecerá la forma de pago del inmueble. Establecen “precio de venta y método de financiamiento”.
La ley es ambigua. No establece términos específicos de pago del inmueble, no los aclaran, de hecho la palabra “pago” aparece sólo una vez en la ley de manera escueta. Esta ley elimina todos los obstáculos que tiene la inserción de capital privado en el cobro de viviendas.
En sus disposiciones finales y derogatorias eliminan de un plumazo la Ley de Régimen de Propiedad de las Viviendas de la Gran Misión Vivienda Venezuela, la Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Vivienda y la Ley para la Determinación del Justiprecio de Bienes Inmuebles en los Casos de Expropiaciones de Emergencia con Fines de Poblamiento y Habitabilidad. Estas leyes que hizo Chávez imponían que las contribuciones por pago de inmueble eran exclusivas al Estado y se efectúan con interés social, a “precio justo”. Sin ley que regule esto, toda vivienda de la GMVV actualmente hipotecada por ley puede pasar ahora a la banca o inmobiliarias, a precios “del mercado”.
Tu vivienda sería reasignada a una cuenta de crédito hipotecario a un banco o a una inmobiliaria
Dicho de otra manera, hace días vivías en una vivienda, que era tuya, de la cual debías hacer aportes para cancelar sólo su precio de construcción, a materiales subsidiados, con subsidio del inmueble, a “precio justo” y en 30 años.
Los diputados de la MUD insisten en que tu vivienda “se va a revaluar” y tienen razón, ya que el valor de esa vivienda ahora, en ese escenario, debe ser calculado no a los costos de construcción, sino a costos actuales de “mercado” y eso lo determinará ahora un valuador de inmueble, alguien designado por el banco o inmobiliaria que se encargará de cobrar la hipoteca.
Pero recuerda: a nadie se le puede dar “propiedad total de un inmueble” si no lo ha pagado. Ahora para poder tener un documento de propiedad total, lo que te permitirá vender e hipotecar, tendrías primero que pagar el inmueble a un banco o inmobiliaria.
Tu vivienda sería reasignada a una cuenta de crédito hipotecario a un banco o a una inmobiliaria. Esa vivienda que costó 250 mil, 300 mil ó 400 mil bolívares (dependiendo del caso, si vivienda o apartamento) a precio de “mercado” puede costar ahora 7, 10 ó 15 millones (dependiendo del inmueble, la zona, etc., según lo que diga una valuación). Ahora debes pagar ese monto en 20 años (como son los lapsos de la banca e inmobiliarias).
Saca tu cuenta. Si tu inmueble es valorado ahora en 10 millones de bolívares, en 20 años debes pagar 240 cuotas mensuales para que te den tu papelito de “propietario”. 10 millones entre 240 da 40 mil 666 bolívares. Eso es lo que tendrás que pagar ahora mensualmente, sin contar intereses bancarios e inmobiliarios.
La cifra será seguramente más escandalosa, si tomamos en cuenta que un apartamento en zonas nada exclusivas de Caracas lo venden a 30, 60 y hasta 90 millones de bolívares. En Maracaibo, un apartamento ronda precios de 40 a 80 millones según la zona. En Maracay entre 50 y 90 según la zona. Eso lo determinará “el mercado”, es decir, lo que diga el valuador del banco o inmobiliaria al cual deberás pagar.
Esa cuenta no incluye terrenos. Si vives en un urbanismo expropiado y pagado a sus antiguos dueños, la ley obliga al Gobierno a reconsiderar lo que le pagaron al dueño. Dice el Artículo 3 Numeral 3 que el Estado debe “Diseñar y poner en práctica, modalidades de intercambio de bienes y servicios e instrumentos financieros que puedan ser utilizados en las transacciones relacionadas con los pagos destinados a honrar la justa indemnización que deba ser entregada a las personas naturales o jurídicas de carácter privado, por la adquisición de terrenos o inmuebles destinados a la construcción de viviendas en el marco de la presente Ley”.
Ordenan al Estado a indemnizar a los viejos amos de las tierras, sin aclarar si los beneficiarios deben hacer contribuciones para ese pago, sin aclarar que sobre el precio de los inmuebles debe haber recargo por los terrenos donde están hoy. La ley es ambigua, habla de “instrumentos financieros”; la hipoteca de terrenos es uno de ellos.
¿Y si no quieres pagar eso?
Si incumples con el pago, el dueño de tu hipoteca (el banco o la inmobiliaria) está legalmente facultado para tomar el inmueble. Eso legalmente en Venezuela se llama “embargo”. En España lo llaman “desahucios”.
Esta ley es el fraude inmobiliario más grande jamás visto en la historia de Venezuela
Podrías decir que “me rehúso a eso”, pero siendo ley es de obligatorio cumplimiento y tú no tendrás control de nada. El ente público que hizo la vivienda por la nueva ley simplemente debe transferir tus datos y los del inmueble al banco asignado para la “recuperación de la inversión”, para que te cobren el crédito hipotecario del cual ya eres beneficiario sin haberlo pedido. Ya no tienes que firmar nada, ni decir que estás de acuerdo o en desacuerdo, simplemente estás en un inmueble hipotecado.
Si decides no protocolizar el inmueble porque no quieres pagar nada, estarías en la categoría de “invasor”, pues ocupas sin querer pagar un inmueble que ya no es tuyo. Recuerda que los bancos no son como el Gobierno. Ellos sí tienen gente que se ocupa de cuidar los bienes del banco y tu casa será uno de ellos. Si no tienes dinero para pagar esa deuda (como la mayoría de los beneficiarios de la Gran Misión) te verás en serios problemas.
La ley, eliminando (en sus Disposiciones Derogatorias) las leyes que protegen a las familias, facilitan los embargos o el simple abandono del inmueble de quien no puede pagarlo. Esa es la idea: tomar los inmuebles de las familias más vulnerables.
¿Por qué hicieron esa cochinada?
Siempre suena a campaña electoral. Y hay ocasiones en que la gente lo duda, pero el chavismo lo ha repetido hasta la saciedad: los intereses que rigen a la MUD son empresariales, capitalistas, obedecen a sus financistas.
Con discursos demagogos están confiscando derechos alcanzados por la población. Ofrecen “títulos de propiedad” y están metiendo a 1 millón de familias en hipotecas, en deudas, a beneficio de intereses inmobiliarios que apoyan a la MUD.
Colocaron de un día para otro 1 millón de viviendas construidas con esfuerzo público y de los beneficiarios en el mercado inmobiliario de compra-venta y en el mercado de hipotecas regido por la banca y entidades inmobiliarias. Están haciendo el guiso, el fraude inmobiliario más grande jamás visto en la historia de Venezuela.
Están colocando intereses privados y particulares, sirviéndose, beneficiándose de lo logrado por fondos y esfuerzo públicos. Convirtiendo 1 millón de viviendas en mercancía intentan desbaratar un programa bandera del socialismo bolivariano. Quieren acabar con la noción fundamental de la Gran Misión. ¿Lo permitiremos? Esto debe debatirse en todos los espacios de la vida nacional.