Momento histórico
Ley Habilitante, aprobada y sancionada por la Asamblea Nacional y el Poder Popular
“Ha sido una sesión inédita, hemos visto como el pueblo ha estado participando, este pueblo que nos ha acompañado en los debates y que hoy estuvo aquí apoyando al parlamento”, sostuvo emocionada la presidenta de la AN, Cilia Flores

Caracas, 31 de enero de 2007 (VTV/Especial).- “Aprobada por unanimidad. Se declara sancionada la Ley que autoriza al Presidente de la República, Hugo Chávez, para dictar decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delega y se remite al Ejecutivo Nacional a los fines de su promulgación”, sentenció con algarabía la presidenta de la Asamblea Nacional, Cilia Flores, en la Plaza Bolívar de Caracas donde se celebró la sesión extraordinaria y que contó con la asistencia de los diputados y público en general.

Por primera vez en la historia venezolana, la Ley Habilitante se discutió y aprobó con el pueblo, gracias al parlamentarismo social de calle que la Asamblea Nacional puso en marcha para hacerse eco de las necesidades de la población y así ser protagonistas del destino de un país.

“Ha sido una sesión inédita, hemos visto como el pueblo ha estado participando, este pueblo que nos ha acompañado en los debates y que hoy estuvo aquí apoyando al parlamento”, sostuvo Flores tras ser abordada por los periodistas.

Desestimó asimismo las críticas de que la oposición no haya sido tomada en cuenta para el debate de esta Ley Habilitante. “Todos estaban invitados, incluso en el debate participaron, sin embargo asumimos que no hay objeciones a la ley Habilitante de los sectores de oposición porque vieron que es una ley que va en beneficio de todos los venezolanos, los que lo apoyan y los que no lo apoyan también”.

  • Los 11 ámbitos

    La Ley Habilitante, “ley que autoriza al Presidente de la República para dictar decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en la materias que se delegan”:

    Artículo 1: Se autoriza al Presidente de la República para que, en Consejo de Ministros, dicte Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley, de acuerdo con las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan en este Ley, de conformidad con el último aparte del artículo 203 y el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, en consecuencia:

    1) En el ámbito de Transformación de las instituciones del Estado

    2) En el ámbito de la Participación popular

    3) En el ámbito de los Valores esenciales del ejercicio de la función pública

    4) En el ámbito Económico y social: se elaborarán leyes para la construcción de un nuevo modelo económico.

    5) En el ámbito Financiero y tributario: el objetivo es profundizar y adecuar el sistema financiero público.

    6) En el ámbito de la Seguridad ciudadana y jurídica: se fijarán las normas para actualizar el Sistema Público Nacional de Salud, la organización del sistema de seguridad ciudadana y de un sistema penitenciario digno.

    7) En el ámbito de Ciencia y la tecnología: dictará normas para impulsar la creación y mantenimiento de los diferentes centros de estudio científicos y tecnológicos.

    8) En el ámbito de la Ordenación territorial: se dictarán normas que establezcan una nueva distribución de los espacios subnacionales, a los fines de que se establezca una nueva regionalización del país.

    9) En el ámbito de Seguridad y Defensa: se dictarán normativas que establezcan la organización y funcionamiento de la seguridad y defensa integral de la nación y la Fuerza Armada Nacional.

    10) En el ámbito de Infraestructura, Transporte y Servicios: para crear normas que fomenten la utilización del potencial humano e industrial y la infraestructura existente, a los fines de optimizar los sistemas de transporte terrestre, ferroviario, fluvial y aéreo.

    11) En el ámbito Energético: Dictar normas relativas a los hidrocarburos y sus derivados, que adecuen la normativa vigente a las transformaciones del Estado y en armonía con el principio de plena soberanía de los recursos naturales.

    Shar/VTV

  • Caracas, 31 Ene.- El pueblo levantó la mano para sancionar junto a los diputados de la Asamblea Nacional (AN), la Ley Habilitante que le otorga poderes especiales al presidente de la República, Hugo Chávez Frías, para dictar decretos con rango y fuerza de ley en 11 ámbitos de vital importancia para el país.

    En una sesión especial celebrada en la plaza Bolívar de Caracas, la AN sancionó, junto al pueblo, la Ley Habilitante luego de un debate que se inició a las 11:30 de la mañana con asistencia del vicepresidente de la República, Jorge Rodríguez, y representes de los Consejos del Poder Popular de todo el país.

    Cilia Flores, presidenta del Poder Legislativo, fue la primera en intervenir para referirse a la importancia de esta convocatoria, cuyo único punto fue la segunda discusión del proyecto de Ley Habilitante.

    Flores expresó que la aprobación de la Ley se hace «en correspondencia con el mandato del pueblo, y por solicitud del presidente Chávez de que le otorgáramos facultades y poderes especiales para legislar en una serie de materias».

    Luego, hizo uso de la palabra el diputado Roberto Hernández, segundo vicepresidente del Parlamento, quien expresó que «estamos viviendo en Venezuela un momento estelar solamente comparable con los gloriosos días de nuestra Independencia».

    Hernández, quien también es dirigente del Partido Comunista de Venezuela (PCV), agregó que «en Venezuela se vive un momento revolucionario caracterizado por la justicia social».

    Comentó que los revolucionarios encabezados por el Jefe de Estado están dispuestos a resolver los problemas que gobiernos del pasado no fueron capaces de resolver.

    Por su parte, el abogado Julio Cazal, en nombre de los sectores profesionales, respaldó la aprobación de la Ley Habilitante y solicitó que sean revisadas algunas de las leyes que rigen el desempeño profesional.

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